Acuerdo de Tratamiento de Datos
Vigente desde el 27 de mayo de 2026 · Versión 1.0
Este Acuerdo de Tratamiento de Datos («ATD» o «DPA», por sus siglas en inglés) regula cómo Refine Technologies, Inc. («Refine» o «Proveedor») trata los datos personales en nombre de los clientes que utilizan la plataforma Refine («Cliente» o «Exportador de Datos»). Forma parte de, y complementa, las Condiciones de Servicio de Refine en www.refine.ink/terms-of-service («Acuerdo»), que incorpora las Condiciones de Servicio de la API de Refine (disponibles en https://www.refine.ink/api-terms-of-service) cuando resulte aplicable. Al aceptar el Acuerdo, el Cliente acepta este ATD.
Este ATD incorpora por referencia las Condiciones Estándar del DPA de Common Paper, Versión 1.1 (disponibles en commonpaper.com/standards/data-processing-agreement/1.1). En caso de divergencia entre este documento y dichas Condiciones Estándar, prevalecerá el presente documento.
Los clientes que requieran un ATD con firma de ambas partes, una versión completamente integrada o condiciones a medida deben ponerse en contacto con security@refine.ink.
Parte I — Condiciones Clave
1. Partes
Proveedor (Importador de Datos)
Refine Technologies, Inc.
131 Continental Drive, Suite 305, Newark, DE 19713, EE. UU.
Contacto: Yann Calvó López, CEO
Contacto de seguridad: security@refine.ink
Cliente (Exportador de Datos)
La entidad jurídica que acepta el Acuerdo y este ATD.
Función del Proveedor
Encargado del tratamiento (o Subencargado cuando el Cliente sea a su vez Encargado). Véase la Sección 3.
Función del Cliente
Responsable del tratamiento (o Encargado cuando actúe en nombre de un Responsable).
2. Servicio y Política de Seguridad
Servicio
La plataforma de retroalimentación académica asistida por IA de Refine y los servicios relacionados, tal como se describe en refine.ink.
Política de Seguridad
Publicada en https://trust.refine.ink/resources. El Proveedor está actualmente en proceso de obtener las certificaciones ISO 27001:2022 y SOC 2 Tipo I y Tipo II. El estado actualizado de las certificaciones se publica en el Centro de Confianza.
Contacto de Seguridad
security@refine.ink
Subencargados Aprobados
Publicados en https://trust.refine.ink/subprocessors. El Proveedor notificará con al menos 10 días hábiles de antelación cualquier incorporación o sustitución.
3. Detalles del Tratamiento (Anexo I)
Categorías de Interesados
- Usuarios finales del Cliente y titulares de cuentas autorizados
- Empleados y contratistas del Cliente que acceden al Servicio
Categorías de Datos Personales
- Información de identidad y contacto (nombre, dirección de correo electrónico, número de teléfono, afiliación institucional)
- Información de cuenta y transaccional (credenciales de acceso, registros de uso, información de facturación)
- Datos de dispositivo y actividad (dirección IP, identificadores de dispositivo, datos de registro, analíticas de uso)
- Contenido generado por el usuario y documentos cargados
Datos de Categoría Especial
El Cliente no deberá enviar, cargar ni transmitir a través del Servicio ningún (i) dato de categoría especial según lo definido en el artículo 9 del RGPD, (ii) Información Sanitaria Protegida (PHI) según lo definido en la ley HIPAA, ni (iii) datos de cuentas financieras, en ningún caso sin el acuerdo previo y por escrito del Proveedor. El Cliente es el único responsable del cumplimiento de esta restricción y de garantizar que los documentos enviados al Servicio no contengan dicho tipo de datos.
El Servicio no está diseñado ni destinado a tratar las categorías de datos descritas anteriormente, y el Proveedor no asume ninguna obligación de supervisar, detectar o filtrar las entregas de dicho tipo de datos. Si el Proveedor tiene conocimiento de que se han enviado datos restringidos, notificará al Cliente y las partes cooperarán de buena fe para eliminar o devolver dichos datos en el menor tiempo razonablemente posible y, en cualquier caso, en un plazo de 30 días desde el conocimiento por parte del Proveedor.
Naturaleza y Finalidad del Tratamiento
- Recepción, almacenamiento y tratamiento de documentos de investigación cargados para generar informes de retroalimentación
- Mantenimiento de cuentas de usuario y prestación del Servicio
- Supervisión de seguridad, registro e respuesta a incidentes
- Cumplimiento de las leyes aplicables
Frecuencia de las Transferencias
Continua, durante la vigencia del Acuerdo.
Duración del Tratamiento
El Proveedor tratará los Datos Personales del Cliente durante el tiempo necesario para prestar el Servicio o según lo exijan las leyes aplicables. Tras la resolución del Acuerdo, el Proveedor eliminará o devolverá los Datos Personales del Cliente de conformidad con la Sección 8 de este ATD.
Restricción de Inteligencia Artificial y Aprendizaje Automático
El Proveedor no utilizará los Datos Personales del Cliente, los documentos cargados ni ningún dato derivado para entrenar, ajustar, validar ni mejorar ningún modelo de inteligencia artificial o aprendizaje automático, ya sea operado por el Proveedor o por cualquier Subencargado. Los artículos cargados se procesan únicamente para entregar informes de retroalimentación al investigador que los envió.
4. Transferencias Internacionales (Anexo I(C))
Autoridad de Control Competente
La autoridad de control del exportador de datos, determinada de conformidad con la Cláusula 13 de las CCE del EEE o la disposición pertinente del Adéndum del Reino Unido.
Estado Miembro Rector (CCE del EEE)
El Estado miembro del EEE en el que se encuentre el establecimiento pertinente del Cliente, o Irlanda en caso de que el Cliente no tenga establecimiento en el EEE.
Transferencias en el EEE
El Módulo Dos (Responsable a Encargado) se aplica cuando el Cliente es Responsable. El Módulo Tres (Encargado a Subencargado) se aplica cuando el Cliente es Encargado. Ambos módulos se aplican con: la cláusula de adhesión de la Cláusula 7 no aplicable; Cláusula 9 Opción 2 (autorización general por escrito), preaviso mínimo de 10 días hábiles; lenguaje opcional de la Cláusula 11 no incluido; corchetes de la Cláusula 13 eliminados; ley aplicable y jurisdicción conforme al apartado Estado Miembro Rector indicado anteriormente.
Transferencias al Reino Unido
Cuando se aplique el UK GDPR, se aplicará el Adéndum del Reino Unido (ICO IDTA). Ninguna de las partes puede resolver el Adéndum del Reino Unido en virtud de la Sección 19. Las partes trabajarán de buena fe para actualizarlo si la ICO emite un Adéndum Aprobado revisado.
Transferencias a Suiza
Cuando sea aplicable la legislación suiza, las referencias al RGPD en las CCE del EEE se modifican para referirse a la Ley Federal Suiza de Protección de Datos, y la autoridad de control incluye al PFPDT suizo.
5. Medidas Técnicas y Organizativas de Seguridad (Anexo II)
Las siguientes medidas complementan e integran la Política de Seguridad mencionada en la Sección 2.
Cifrado
- Los datos personales en tránsito se cifran mediante TLS 1.2 o superior
- Los datos personales en reposo se cifran mediante el cifrado gestionado por el proveedor de la nube
- Los identificadores se minimizan en los registros y la telemetría cuando resulta viable
Confidencialidad, Integridad, Disponibilidad y Resiliencia
- Segmentación de red y controles perimetrales
- Controles de acceso basados en el principio de mínimo privilegio
- Prácticas de diseño y desarrollo seguro de aplicaciones
- Supervisión y alertas continuas ante accesos no autorizados y uso indebido
Disponibilidad y Recuperación
- Datos de clientes alojados en infraestructura de nube gestionada (Microsoft Azure) con redundancia integrada
- Copias de seguridad completas diarias con retención mínima de 7 días
- Pruebas anuales de restauración para verificar la integridad de las copias de seguridad
- Despliegue blue-green para actualizaciones sin tiempo de inactividad
Pruebas y Evaluación
- Revisiones periódicas de acceso y configuración
- Pruebas de penetración anuales realizadas por un tercero independiente
- Supervisión operativa continua aprovechando las capacidades de seguridad del proveedor de la nube
- Programas de auditoría ISO 27001 y SOC 2 para evaluación independiente por terceros
Control de Acceso y Autenticación
- Los usuarios se autentican a través de proveedores de identidad gestionados mediante protocolos de autenticación seguros
- Autorización basada en roles; acceso administrativo restringido al personal autorizado
- Los eventos de autenticación y acceso se registran con fines de auditoría
Seguridad Física
El Proveedor se apoya en Microsoft Azure para la infraestructura física; Azure mantiene controles de seguridad física que incluyen acceso restringido, videovigilancia y medidas de protección medioambiental en sus instalaciones de centros de datos.
Registro y Supervisión
- Registros de aplicación y auditoría mantenidos para supervisión de seguridad, resolución de incidencias y respuesta a incidentes
- Acceso a los registros restringido al personal autorizado
Configuración de Sistemas
- Sistemas configurados mediante procesos documentados y controlados por versiones con valores predeterminados seguros
- Separación de entornos entre producción, preproducción y desarrollo
- Canales de despliegue controlados
Minimización, Calidad y Retención de Datos
- Recopilación y tratamiento limitados a lo necesario para prestar el Servicio
- Datos personales conservados únicamente durante el tiempo necesario para la prestación del servicio y las obligaciones legales
- Datos eliminados o anonimizados tras la cancelación de la cuenta conforme a la Sección 8
Responsabilidad Proactiva
- Responsable de Seguridad de la Información y Gestor del Programa de Cumplimiento designados
- Prácticas de seguridad y privacidad documentadas y revisadas periódicamente
- Subencargados sujetos a acuerdos de tratamiento de datos por escrito que imponen obligaciones equivalentes
Parte II — Condiciones Estándar
6. Relaciones entre Encargado y Subencargado
6.1 El Proveedor como Encargado
Cuando el Cliente sea Responsable de los Datos Personales del Cliente, el Proveedor actúa como Encargado del tratamiento de los Datos Personales en nombre del Cliente.
6.2 El Proveedor como Subencargado
Cuando el Cliente sea a su vez Encargado de los Datos Personales del Cliente, el Proveedor actúa como Subencargado.
7. Tratamiento
7.1 Detalles del Tratamiento
La Parte 1, Sección 3 de este ATD describe el objeto, la naturaleza, la finalidad y la duración del tratamiento, así como las categorías de Datos Personales e Interesados.
7.2 Instrucciones de Tratamiento
El Cliente instruye al Proveedor para tratar los Datos Personales del Cliente: (a) para prestar y mantener el Servicio; (b) según lo especificado mediante el uso del Servicio por parte del Cliente; (c) según lo documentado en el Acuerdo; y (d) según lo documentado en cualesquiera otras instrucciones escritas reconocidas por el Proveedor. El Proveedor cumplirá estas instrucciones salvo que lo prohíban las leyes aplicables e informará inmediatamente al Cliente si no puede seguir las instrucciones de tratamiento.
El Cliente solo dará instrucciones que cumplan con las leyes aplicables.
7.3 Actualizaciones del Tratamiento
Si el Proveedor actualiza el Servicio para incluir nuevos productos, funciones o funcionalidades, podrá actualizar las categorías descritas en la Parte 1, Sección 3 notificando al Cliente los cambios.
7.4 Tratamiento por el Cliente
Cuando el Cliente sea Encargado y el Proveedor sea Subencargado, el Cliente cumplirá todas las leyes aplicables que rijan su propio tratamiento y se asegurará de que su acuerdo con el Responsable pertinente imponga obligaciones equivalentes.
7.5 Obligaciones de Consentimiento del Cliente
El Cliente ha cumplido y seguirá cumpliendo todas las leyes aplicables de protección de datos en la aportación de Datos Personales del Cliente al Proveedor, incluyendo la realización de las divulgaciones requeridas, la obtención de los consentimientos necesarios y la implementación de las salvaguardas pertinentes.
8. Subencargados
8.1 Subencargados Aprobados
El Proveedor no transferirá Datos Personales del Cliente a un Subencargado a menos que dicho Subencargado figure en la lista de Subencargados Aprobados. El Proveedor notificará al Cliente con al menos 10 días hábiles de antelación cualquier incorporación o sustitución prevista. El Cliente dispone de 30 días tras la notificación para presentar objeciones por escrito; en ausencia de objeción, se considerará que el Cliente acepta el cambio. El Proveedor y el Cliente cooperarán de buena fe para resolver cualquier objeción presentada en plazo.
Si las partes no pueden resolver la objeción del Cliente presentada en plazo en un periodo de 60 días desde la objeción escrita del Cliente, este podrá resolver la parte del Acuerdo afectada por el cambio de Subencargado por causa justificada mediante notificación escrita con 30 días de antelación al Proveedor. La resolución en virtud de esta Sección constituye el único y exclusivo recurso del Cliente ante una objeción no resuelta a un Subencargado.
8.2 Acuerdos con Subencargados
El Proveedor suscribirá un acuerdo por escrito con cada Subencargado que limite el acceso y uso de los Datos Personales del Cliente por parte del Subencargado a lo necesario para cumplir las obligaciones subcontratadas, y que imponga obligaciones de protección de datos al menos tan protectoras como las de este ATD. Cuando sea aplicable el RGPD, los acuerdos del Proveedor con los Subencargados incorporarán las obligaciones a que se refiere el artículo 28(3) del RGPD.
8.3 Responsabilidad del Proveedor por los Subencargados
El Proveedor sigue siendo plenamente responsable de los actos y omisiones de sus Subencargados en el tratamiento de los Datos Personales del Cliente. El Proveedor notificará al Cliente cualquier incumplimiento material por parte de un Subencargado de sus obligaciones en virtud del acuerdo suscrito con el Proveedor.
9. Transferencias Restringidas
9.1 Autorización
El Cliente acepta que el Proveedor pueda transferir los Datos Personales del Cliente fuera del EEE, del Reino Unido o de cualquier otro territorio relevante según sea necesario para prestar el Servicio. Cuando el Proveedor transfiera Datos Personales del Cliente a un territorio sin decisión de adecuación, implementará las salvaguardas apropiadas de conformidad con las leyes aplicables de protección de datos.
9.2 Transferencias en el EEE
Cuando el RGPD rija la transferencia, esta se realice desde el Cliente dentro del EEE al Proveedor fuera del EEE, y no sea aplicable ninguna decisión de adecuación, se considerará que las partes han firmado las CCE del EEE y sus Anexos, tal como se establece en la Parte 1, Sección 4.
9.3 Transferencias al Reino Unido
Cuando el UK GDPR rija la transferencia, esta se realice desde el Cliente dentro del Reino Unido al Proveedor fuera del Reino Unido, y no sea aplicable ninguna decisión de adecuación, se considerará que las partes han firmado el Adéndum del Reino Unido, tal como se establece en la Parte 1, Sección 4.
9.4 Transferencias a Suiza
Cuando la legislación suiza rija el carácter internacional de la transferencia, se aplican las CCE del EEE con las modificaciones previstas en la Parte 1, Sección 4.
10. Respuesta a Incidentes de Seguridad
Tras tener conocimiento de un Incidente de Seguridad, el Proveedor: (a) notificará al Cliente sin demora indebida y, a más tardar, 72 horas después de tener conocimiento; (b) proporcionará información oportuna sobre el Incidente de Seguridad a medida que se conozca o según lo solicite razonablemente el Cliente; y (c) adoptará con prontitud las medidas razonables para contener e investigar el Incidente de Seguridad. La notificación del Proveedor no constituye reconocimiento de culpa ni responsabilidad.
11. Auditoría e Informes
11.1 Derechos de Auditoría
El Proveedor facilitará al Cliente toda la información razonablemente necesaria para demostrar el cumplimiento de este ATD y permitirá y contribuirá a las auditorías e inspecciones. El Proveedor podrá restringir el acceso a información que pueda afectar negativamente a sus derechos de propiedad intelectual, obligaciones de confidencialidad u otras obligaciones legales. El Cliente acepta ejercer sus derechos de auditoría exclusivamente a través de los mecanismos de presentación de informes y diligencia debida de las Secciones 11.2 y 11.3.
El Proveedor mantendrá registros de cumplimiento durante 3 años tras la finalización del ATD.
11.2 Informes de Seguridad
El Proveedor es auditado periódicamente frente a los estándares definidos en la Política de Seguridad por auditores independientes externos. A petición por escrito, el Proveedor proporcionará al Cliente, con carácter confidencial, una copia resumida de su informe de auditoría vigente.
11.3 Diligencia Debida en Seguridad
Además de los informes de auditoría, el Proveedor responderá a solicitudes razonables de información por escrito para confirmar el cumplimiento de este ATD, incluyendo respuestas a cuestionarios de seguridad de la información, diligencia debida y auditoría. Dichas solicitudes deben dirigirse a security@refine.ink y podrán realizarse como máximo una vez por año natural.
12. Coordinación y Cooperación
12.1 Respuesta a Consultas de Terceros
Si el Proveedor recibe una consulta o solicitud relacionada con los Datos Personales del Cliente de un tercero (incluido un organismo regulador o un interesado), notificará al Cliente con prontitud y no responderá sin el consentimiento previo del Cliente, salvo que lo exija la ley aplicable. El Proveedor seguirá las instrucciones razonables del Cliente sobre la gestión de dichas solicitudes.
12.2 Derechos de los Interesados
Si un interesado formula una solicitud válida en virtud de las leyes aplicables de protección de datos para eliminar sus Datos Personales u oponerse a su transferencia al Proveedor, el Proveedor asistirá al Cliente en la tramitación de dicha solicitud.
12.3 EIPD y ETID
Cuando lo exijan las leyes aplicables de protección de datos, el Proveedor asistirá razonablemente al Cliente en la realización de evaluaciones de impacto relativas a la protección de datos (EIPD) y evaluaciones de impacto de las transferencias internacionales de datos (ETID), así como en la consulta con las autoridades de control pertinentes, teniendo en cuenta la naturaleza del tratamiento y los Datos Personales del Cliente implicados.
13. Supresión de Datos Personales del Cliente
13.1 Supresión Durante la Vigencia
El Proveedor permitirá al Cliente suprimir los Datos Personales del Cliente de manera coherente con la funcionalidad del Servicio y cumplirá dichas instrucciones en el menor tiempo razonablemente posible, salvo que la ley aplicable exija su conservación adicional.
13.2 Supresión al Finalizar
Tras la expiración o resolución del Acuerdo, el Proveedor devolverá o suprimirá los Datos Personales del Cliente según las instrucciones del Cliente, sin demora indebida y en cualquier caso en un plazo de sesenta (60) días desde la fecha posterior entre: (i) la resolución o expiración del Acuerdo, o (ii) la solicitud escrita del Cliente, salvo que la ley aplicable exija o autorice su conservación adicional. Cuando la devolución o destrucción no sea factible o esté prohibida, el Proveedor realizará esfuerzos razonables para impedir el tratamiento adicional y continuará protegiendo los Datos Personales del Cliente en su poder.
13.3 Certificación de Supresión
Cuando las partes hayan suscrito las CCE del EEE o el Adéndum del Reino Unido como parte de este ATD, el Proveedor proporcionará una certificación de supresión según lo descrito en la Cláusula 8.1(d) y la Cláusula 8.5 de las CCE del EEE si el Cliente lo solicita.
14. Limitación de Responsabilidad
14.1 Límites de Responsabilidad
En la máxima medida permitida por las leyes aplicables de protección de datos, la responsabilidad total acumulada de cada parte frente a la otra derivada de o relacionada con este ATD estará sujeta a las renuncias, exclusiones y limitaciones de responsabilidad establecidas en el Acuerdo.
14.2 Reclamaciones entre Partes Relacionadas
Cualquier reclamación contra el Proveedor o sus Filiales derivada de o relacionada con este ATD solo podrá ser interpuesta por la entidad Cliente que sea parte del Acuerdo.
14.3 Excepciones
Este ATD no limita ninguna responsabilidad frente a una persona en lo que respecta a sus derechos de protección de datos en virtud de las leyes aplicables de protección de datos, ni ninguna responsabilidad entre las partes por infracciones de las CCE del EEE o del Adéndum del Reino Unido.
15. Jerarquía de Documentos
Este ATD forma parte del Acuerdo y lo complementa. En caso de incoherencia, se aplica el siguiente orden de prelación: (1) las CCE del EEE o el Adéndum del Reino Unido, (2) este ATD, y (3) el Acuerdo.
16. Vigencia
Este ATD entra en vigor cuando el Cliente acepta el Acuerdo y permanece vigente hasta que el Acuerdo expire o se resuelva. Las obligaciones de cada parte en virtud de este ATD y de las leyes aplicables de protección de datos continúan hasta que el Cliente haya dejado de transferir Datos Personales del Cliente al Proveedor y el Proveedor haya suprimido o devuelto todos dichos datos de conformidad con la Sección 13.
17. Modificaciones de este ATD
El Proveedor podrá modificar este ATD en cualquier momento, a su entera discreción, incluyendo para reflejar cambios en la legislación aplicable de protección de datos, la evolución de las prácticas del sector o cambios sustanciales en el Servicio. El Proveedor notificará al Cliente con al menos treinta (30) días de antelación cualquier modificación sustancial, ya sea por correo electrónico al contacto del Cliente registrado o mediante notificación a través del Servicio. Las modificaciones se aplicarán de forma prospectiva únicamente, al tratamiento que tenga lugar a partir de la fecha de entrada en vigor de la modificación. Las modificaciones que reduzcan sustancialmente los derechos del Cliente o aumenten sustancialmente sus obligaciones en virtud de este ATD le otorgarán el derecho de resolver la parte del Acuerdo afectada por la modificación mediante notificación escrita en un plazo de treinta (30) días desde la recepción del aviso de modificación del Proveedor, salvo que la modificación sea necesaria para cumplir con la legislación aplicable o una decisión vinculante de un organismo regulador, en cuyo caso no se reconoce derecho de resolución alguno.
18. Definiciones
Los términos en mayúsculas utilizados pero no definidos en este ATD tienen los significados otorgados en el Acuerdo o en las Condiciones Estándar del DPA de Common Paper v1.1. Son de aplicación las siguientes definiciones:
- Leyes Aplicables
- Las leyes, normas, reglamentos, órdenes judiciales y otros requisitos vinculantes de una autoridad gubernamental competente que sean de aplicación o rijan a una parte.
- Leyes Aplicables de Protección de Datos
- Las Leyes Aplicables que rigen cómo el Servicio puede tratar o utilizar la información personal, los datos personales o similares de una persona.
- Responsable del Tratamiento
- La entidad que determina los fines y el alcance del tratamiento de los Datos Personales, según se define en las Leyes Aplicables de Protección de Datos.
- Datos Personales del Cliente
- Los Datos Personales que el Cliente carga o facilita al Proveedor como parte del Servicio y que están regulados por este ATD.
- CCE del EEE
- Las cláusulas contractuales tipo que figuran como anexo a la Decisión de Ejecución 2021/914 de la Comisión Europea, de 4 de junio de 2021.
- RGPD
- El Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, tal como ha sido implementado por la legislación local en el Estado miembro del EEE pertinente.
- Datos Personales
- Información personal, datos personales o similares, según se define en las Leyes Aplicables de Protección de Datos.
- Tratamiento / Tratar
- Cualquier uso o realización de una operación informática sobre los Datos Personales, según se define en las Leyes Aplicables de Protección de Datos.
- Encargado del Tratamiento
- La entidad que trata los Datos Personales en nombre del Responsable del Tratamiento, según se define en las Leyes Aplicables de Protección de Datos.
- Informe
- Informes de auditoría elaborados por un tercero independiente con arreglo a los estándares definidos en la Política de Seguridad en nombre del Proveedor.
- Transferencia Restringida
- (a) En virtud del RGPD: una transferencia de datos personales desde el EEE a un país fuera del EEE que no esté sujeto a una decisión de adecuación; (b) En virtud del UK GDPR: una transferencia desde el Reino Unido a un país que no esté sujeto a regulaciones de adecuación en virtud del artículo 17A de la Ley de Protección de Datos del Reino Unido de 2018.
- Incidente de Seguridad
- Una violación de la seguridad de los datos personales según se define en el artículo 4 del RGPD.
- Servicio
- El producto y los servicios descritos en el Acuerdo.
- Datos de Categoría Especial
- Datos en el sentido del artículo 9 del RGPD.
- Subencargado
- Una empresa que, con la aprobación del Responsable, asiste al Encargado en el tratamiento de los Datos Personales en nombre del Responsable.
- Adéndum del Reino Unido
- El adéndum de transferencia internacional de datos a las CCE del EEE emitido por el Comisionado de Información del Reino Unido en virtud del artículo S119A(1) de la Ley de Protección de Datos de 2018.
- UK GDPR
- El Reglamento (UE) 2016/679 tal como fue incorporado al ordenamiento jurídico del Reino Unido por el artículo 3 de la Ley de Retirada de la Unión Europea del Reino Unido de 2018.
¿Dudas sobre este ATD?
Para consultas sobre el ATD, copias con contrafirma o condiciones a medida, póngase en contacto con:
Refine Technologies, Inc. — Seguridad y Cumplimiento
131 Continental Drive, Suite 305, Newark, DE 19713, EE. UU.
Correo electrónico: security@refine.ink